Owono no está imputado y los juristas ven improbable una pena de prisión
La causa por la muerte de Jesús de Miguel está en la etapa de diligencias de oficio. El Código Penal y la doctrina del "riesgo permitido" del Supremo hacen muy improbable una pena de prisión, según el fiscal y abogados consultados. Disciplina resolverá la sanción deportiva la semana próxima.

Jesús Owono, arquero del FC Andorra, no figura como imputado en la causa que investiga la muerte de Jesús de Miguel, delantero del CD Tenerife. Ningún medio informó hasta el jueves 5 de noviembre una imputación, una citación a declarar, una denuncia de la familia ni la designación de un abogado. Lo que existe son diligencias abiertas de oficio en un juzgado de Santa Cruz de Tenerife, un trámite obligatorio ante cualquier muerte no natural. El fiscal jefe provincial y los abogados consultados por la prensa española consideran muy improbable que el caso termine en una pena de prisión. En paralelo, el Comité de Disciplina de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) dejó para la semana próxima la sanción por la expulsión del arquero, con un plazo de alegaciones que vence el lunes 9 a las 14.
Qué investiga la jueza
La causa está a cargo de la magistrada Eva Esther Juárez, de la Plaza n.º 2 de Instrucción de Santa Cruz de Tenerife. Según El Periódico y El Gol Digital, la jueza analiza dos aspectos: la acción del arquero y si la atención sanitaria que recibió el delantero en el estadio fue la adecuada. El Grupo de Homicidios de la Policía Nacional revisa cómo se aplicó el protocolo médico. La BBC describió el expediente como una investigación rutinaria por un posible homicidio imprudente. El Gol Digital agregó que todavía faltan incorporar otras pruebas y la documentación médica de la internación.


Abrir diligencias no implica atribuir culpa. Así lo explicaron El Cierre Digital e Infobae, que remarcaron que el procedimiento lo impone la Ley de Enjuiciamiento Criminal y que su existencia no supone que Owono haya cometido un delito.
Qué dice la ley
La figura que se menciona es la del homicidio por imprudencia, del artículo 142 del Código Penal. Tiene dos grados, con penas muy distintas, según detallaron Artículo 14, OKdiario y El Imparcial.
| Figura | Norma | Pena |
|---|---|---|
| Homicidio por imprudencia grave | Art. 142 del Código Penal | Prisión de 1 a 4 años |
| Homicidio por imprudencia menos grave | Art. 142 del Código Penal | Multa de 3 a 18 meses, sin prisión (por cuotas según la situación económica) |
| Suspensión de la condena | Art. 80 del Código Penal | Penas de hasta 2 años pueden suspenderse; lo decide el juez y no es automático |
Para llegar a una condena habría que acreditar una infracción del deber de cuidado con relevancia penal, que el resultado fuera previsible y una relación causal atribuible al arquero. Antes, la autopsia tiene que establecer que la muerte se debió al golpe. La abogada Navia López, de Vilches Abogados, dijo a Infobae que la jugada "podría llegar a ser constitutivo de homicidio por imprudencia", pero aclaró: "Es necesario que la conducta sea grave y acreditar la previsibilidad objetiva del resultado".
El riesgo permitido y el caso Badalona
El punto central es una sentencia de 2025 de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, con Vicente Magro como ponente. El fallo definió el "riesgo permitido" como una suerte de consentimiento informado del deportista a lesionarse en una acción del juego. Ese margen no ampara una agresión fuera del lance ni una acción con intención dolosa clara. "No es riesgo permitido la agresión recibida, por el contrario, en una acción fuera del lance del juego, que queda fuera de la sanción deportiva y entra en el campo del derecho penal", dice la sentencia, según El Periódico.
El caso juzgado fue un partido de veteranos jugado en Badalona en abril de 2014. Un jugador expulsado volvió a la cancha y pateó en el cuello a un rival, que quedó con tetraparesia grave. Fue condenado a 6 años de prisión.
Según El Periódico, en la jugada de Owono no se observa, en principio, intención alguna. El abogado Alberto García Cebrián anticipó en El Cierre Digital un archivo o sobreseimiento: una fuerza excesiva que justifique la tarjeta roja seguiría siendo una falta deportiva, salvo una temeridad evidente ajena a la disputa de la pelota. López matizó ante Infobae que el riesgo permitido "no es un absoluto y hay que estar al caso concreto". Aunque la causa penal se archive, la familia podría reclamar una indemnización por la vía civil o a través de los seguros, según El Cierre Digital e Infobae.
Qué dijo el fiscal
El fiscal jefe provincial, José Luis Sánchez-Jáuregui, sostuvo ante EFE el 3 de noviembre que antes de cualquier decisión hay que conocer el acta y lo que resuelva Disciplina. Agregó que, si la familia no está conforme con la justicia deportiva, puede denunciar. Aun así, ve difícil una calificación más grave que la de imprudencia menos grave, que solo se castiga con multa, según reprodujeron Excélsior y El Imparcial.
La sanción deportiva
El jueves 5, Disciplina publicó las sanciones de la jornada 12 de Segunda División, pero dejó afuera el Tenerife-Andorra. Según Infobae y Mundo Deportivo, el comité tomó como fecha de cierre del partido el miércoles 4, cuando el Juez de Competiciones lo dio por terminado. Por eso corrió el plazo de alegaciones hasta el lunes 9 a las 14. Los mismos medios indicaron que el comité también prefirió no resolver el día del entierro.
- Acta: el árbitro Manuel Ángel Pérez Hernández expulsó a Owono por impactar con la pierna en alto y con fuerza excesiva sobre un rival con la pelota en disputa.
- Artículo 102 del Código Disciplinario: prevé de 4 a 12 partidos de suspensión.
- Otros artículos citados: El Gol Digital mencionó el 122 (juego peligroso) y el 103 (agresión). OKdiario habló de un vacío porque el código no contempla la muerte de la víctima.
- Otras rojas pendientes: las de Lautaro de León (Andorra) y Dani Martín (Tenerife), según Infobae.
Lo que ya se había contado
Como se informó en coberturas anteriores, el choque ocurrió en el minuto 96, según el acta, del partido de la jornada 12 en el estadio Heliodoro Rodríguez López. Owono salió lejos de su área y golpeó al delantero, que sufrió un paro cardiorrespiratorio. De Miguel, de 30 años, murió el martes 3 en el Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria. El miércoles 4, el arquero publicó una carta a través de su club, y el Juez de Competiciones dio por terminado el partido con el 2-2 que había al momento de la suspensión. El jueves 5, De Miguel fue despedido en la parroquia de San Miguel Arcángel de Navahermosa (Toledo). Según Infobae, Owono permanece en su casa con su pareja y sin teléfono, para aislarse de los insultos racistas que recibe.
Versiones que no coinciden
- Minuto de la jugada: el acta la ubica en el minuto 96. La BBC habló del séptimo minuto adicionado, Infobae del 97, AFP del octavo de descuento y El Gol Digital del 90.
- Alcance de la investigación: la BBC y un título de El País la describieron como diligencias por homicidio imprudente. Artículo 14 dijo el 3/11 que no constaba una investigación penal contra Owono, y El Cierre Digital precisó que se investiga el lance más que al jugador.
- Fecha de la sentencia del Supremo: marzo de 2025 según El Periódico, abril de 2025 según Artículo 14.
- Hijos de De Miguel: Infobae informó una hija de menos de dos años; la BBC, un hijo.
- Órgano de la sanción: El Gol Digital lo atribuyó al Comité de Competición; Infobae y Mundo Deportivo, al de Disciplina.
Lo que falta saber
- Si la jueza citará a Owono, al árbitro o a los sanitarios, y en qué carácter.
- Si la familia denunciará o se presentará como acusación particular.
- Qué concluye la autopsia definitiva.
- Si la causa se archiva y cuándo.
- Qué sanción recibirá Owono y con qué artículo.
- Si el arquero o el Andorra designaron abogado.
Versiones que no coinciden
- Minuto de la jugada: 96 según el acta; séptimo adicionado según la BBC; 97 según Infobae; octavo adicionado según AFP; 90 según El Gol Digital.
- Alcance de la investigación: diligencias por homicidio imprudente según la BBC y El País; Artículo 14 dijo que no constaba investigación penal contra Owono; El Cierre Digital dice que se investiga el lance más que al jugador.
- Fecha de la sentencia del Supremo: marzo de 2025 (El Periódico) o abril de 2025, STS 379/2025 (Artículo 14).
- Hijos de De Miguel: una hija de menos de dos años según Infobae; un hijo según la BBC.
- Órgano de la sanción: Comité de Competición según El Gol Digital; Comité de Disciplina según Infobae y Mundo Deportivo.
Ver fuentes consultadas · 11 medios
- Artículo 14
- OKdiario
- El Imparcial
- Excélsior
- Infobae
- BBC
- Banco Santander (YouTube, oficial)
- El Periódico
- Mundo Deportivo
- El Cierre Digital
- El Gol Digital

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